Cómo evitar la responsabilidad patronal siguiendo 4 pasos claves

La responsabilidad patronal es la sanción pecuniaria que recae sobre persona natural o jurídica que mantenga trabajadores en relación de dependencia por su incumplimiento de disposiciones laborales una vez que se ha generado accidentes de trabajo o enfermedades profesionales u ocupacionales. Con el fin de evitar recaer en una conducta que derive en el pago de subsidios, indemnizaciones, pensiones y rentas se recomienda seguir a cabalidad el artículo 14 del Reglamento General de Responsabilidad Patronal, mismo que fue publicado el 20 de julio de 2016 en el Registro Oficial:
  1. Inscripción a tiempo: Registrar a tiempo el aviso de entrada de todos los trabajadores en el IESS, antes de que ocurra un siniestro, conforme lo establecido en la Ley de Seguridad Social.

 

  1. Pago puntual: Realizar el pago mensual de manera puntual minimizando el riesgo de mora a la fecha del accidente del trabajo o a la fecha del diagnóstico médico presuntivo inicial de la enfermedad profesional u ocupacional emitido por parte del facultativo de Riesgos del Trabajo o del cese de la actividad del trabajador provocado por ésta

 

  1. Notificación en el tiempo establecido: Comunicar diligentemente la ocurrencia del siniestro a la Unidad de Riesgos del Trabajo o a la dependencia del IESS más cercana o a través del registro de la página web del IESS, dentro de los diez días laborables contados a partir de la fecha del accidente de trabajo o a la fecha del diagnóstico médico presuntivo inicial de la enfermedad profesional u ocupacional emitido por parte del facultativo de Riesgos del Trabajo.

 

  1. Cumplimiento de normas de prevención de riesgos: Ser presto a la observancia de normas de prevención de riesgos laborales a fin de evitar que su falta de cumplimiento se determine en el caso del accidente o la enfermedad profesional u ocupacional.

 

La inobservancia a las disposiciones antes mencionadas del Reglamento causará responsabilidad al empleador. Para evitar la responsabilidad patronal, es recomendable mantener una matriz de cumplimiento mensual de las conductas mencionadas, al mismo tiempo que se minimiza la posibilidad de pagos elevados por parte del empleador. La cuantía a pagar se fija en base a la prestación determinada por el IESS, y las causas directas, indirectas y básicas de conformidad con el Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo. El monto mínimo fijado va desde 1,20% hasta el 96,41% de la cuantía base.

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