Renovación parcial de la corte constitucional

EL 27 de agosto de 2021, inició el proceso de renovación parcial de la Corte Constitucional. Conforme lo dispuesto por el Artículo 179.1 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, el Presidente de la Corte Constitucional deberá solicitar a las máximas autoridades de la Función Legislativa, Ejecutiva y de Transparencia y Control Social, con una antelación de seis meses a la conclusión del período de la terna de jueces, la designación de las personas que integrarán la Comisión Calificadora.

Por tal razón, el doctor Hernán Salgado, actual presidente de la Corte Constitucional, procedió conforme la disposición constitucional y las referidas funciones del Estado, nombraron a los siguientes miembros para la Comisión Calificadora: Edgar Neira y Duna Martínez por la función Ejecutiva, Medardo Oleas y Luis Fernández por la función Legislativa; y Rafael Oyarte y Vanesa Aguirre por la función de Transparencia.

En el año 2019, mediante un proceso de méritos y oposición, el extinto Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) de transición designó los nueve jueces que actualmente conforman este órgano de justicia. En principio, dichos jueces podrían ejercer sus funciones por un periodo de nueve años. Sin embargo, por mandato legal del artículo 432 de la Constitución, serán renovados por tercios cada tres años.

La renovación parcial de la Corte Constitucional tiene como finalidad garantizar una rotación e imparcialidad en este órgano de justicia. Tal y como se llevó a cabo con la anterior Corte Constitucional, la cual acatando el mandato constitucional de igual forma se renovó parcialmente en el año 2015.

El 17 de agosto de 2021 a través de Resolución No. 007-CCE-PLE-2021 el Pleno de la Corte Constitucional emitió el “REGLAMENTO DE SORTEO Y ORGANIZACIÓN INTERNA PRODUCTO DE LA RENOVACIÓN PARCIAL” dentro del cual se aborda como principales puntos: la tramitación de los sorteos y la publicidad que tendrán estos para fijar los jueces que saldrán de esta Corte y el manejo de la transición interna que tendrá el proceso con el fin de evitar retardos injustificados en los despachos de las casusas.

Conforme el Artículo 180 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la Comisión de Calificación debe emitir convocatoria pública a fin de que cada una de las funciones antes mencionadas, envíen las correspondientes ternas. Por tal motivo, la Comisión Calificadora, remitió dicha convocatoria el día 16 de septiembre de 2021. Por su parte, el Legislativo postuló a los candidatos: Milton Velásquez Díaz, Pamela Aguirre Castro y Luis Sarango Macas; el Ejecutivo postuló a: Andrés Martínez Moscoso, Bárbara Terán y Jhoel Escudero Soliz.; y la Función de Transparencia postuló a: Jorge Benavides Ordóñez, Mauricio Guim Alfago y María Fernanda Álvarez Alcívar.

En aplicación del Artículo 181, el concurso público deberá realizarse de conformidad con el Reglamento que la Comisión Calificadora emita en el término de veinte días desde la publicación de la lista de candidatos y candidatas convocados al concurso. De igual forma, el término para realizar la evaluación es de treinta días. Cabe recalcar que, de los candidatos convocados, se podrá impugnar su postulación dentro de quince días hábiles. Para la calificación de los candidatos se los evaluará a través de preguntas elaboradas por la Comisión Calificadora. Una vez finalizadas las audiencias se publicarán los resultados y los tres postulantes con mayor puntaje serán posesionados como jueces o juezas constitucionales.

Una vez que se ha conocido a los ganadores del concurso público, se llevará a cabo el sorteo para verificar a los miembros salientes, el cual tendrá lugar en la planta central de la Sede de la Corte Constitucional a través de convocatoria de sesión de Pleno, en la cual estará presente un notario público del Distrito Metropolitano de Quito a fin de transparentar el proceso. En el caso de no haber magistrados que expresen su voluntad de dejar el cargo, todos los miembros del Pleno serán tomados en cuenta para definir quien cesará de sus funciones.

De igual forma, al estar cerca de cumplir los tres años de inicio de funciones de la Corte Constitucional, se deberá establecer un nuevo Presidente/a y Vicepresidente/a ya que el ejercicio de sus funciones está establecido por el periodo de tres años, y por prohibición constitucional expresa no puede ser relegidos inmediatamente.

En conclusión, la Corte Constitucional está próxima a ser renovada ya que, hasta el próximo 5 de febrero de 2022, deberán entrar en funciones los magistrados ganadores del concurso público de méritos y de oposiciones.

Noticias relacionadas

Leave A Reply